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La restricción al ocio nocturno establecida por Sanidad afecta a la actividad con independencia de la licencia del local

Tras el pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia, los cotillones no podrán celebrarse en municipios en nivel 3

La restricción de cierre del ocio nocturno decretada por la Consejería de Sanidad en municipios en nivel 3 de riesgo por COVID-19 afecta a la actividad, independientemente de la licencia con que cuente un local. 

Después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) haya rechazado el recurso de la Asociación de Empresarios de Hostelería, los cotillones no podrán celebrarse en los 50 municipios cántabros que están en nivel 3, tras la actualización del semáforo COVID-19 realizada el pasado 27 de diciembre.

Sanidad aclara que la medida sanitaria que se recoge en la resolución publicada en el Boletín Oficial de Cantabria del pasado 3 de diciembre sobre el cierre del ocio nocturno afecta a la actividad, sin que por la vía del fraude ley quepa eludir esta medida sanitaria.

De este modo, en los municipios en nivel 3 no se puede consumir en barra, ni poner música elevada, independientemente de la licencia con que cuente el establecimiento.

Sanidad hace esta aclaración después de que la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC haya rechazado la pretensión de la Asociación de Empresarios de Hostelería de Cantabria de dejar sin efecto las medidas del semáforo, entre las que se incluye la prohibición de apertura de discotecas, pubs, whiskerías, salas de fiesta y locales asimilados en los 50 municipios que se encuentran en nivel de alerta 3 (riesgo alto).

En un auto, el tribunal considera que la resolución de la Consejería de Sanidad que combatía la Asociación de Empresarios de Hostelería “es idónea en el momento actual”, además de “proporcionada y necesaria por atajar en cierta medida la evolución epidemiológica de la pandemia, en unos días de fiesta que ya de por sí resultan propicios a las relaciones sociales”.

La resolución subraya que “la libertad de empresa, el derecho al trabajo y los perjuicios de todo tipo”, no solamente económicos, “en una concreta época del año como es el Año Nuevo “han de ceder nuevamente ante la situación sanitaria actual y su incidencia hospitalaria”.

30/12/2021Sin categoría2 min

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