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El ámbito de aplicación de los Alojamientos Rurales viene determinado por el Decreto 83/2010, de 25 de noviembre, por el que se regulan los establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
A los efectos previstos en este Decreto, se considerarán empresas de alojamiento turístico en el medio rural las dedicadas de forma profesional a proporcionar a sus clientes, mediante precio, residencia o habitación en Palacios y Casonas de Cantabria, Posadas de Cantabria y Viviendas Rurales de Cantabria.
Dicho servicio podrá ir acompañado de otros complementarios.
Viviendas Rurales.
Se considerarán Viviendas Rurales de Cantabria aquellos establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural que reúnan los siguientes requisitos:
Palacios y Casonas Cántabras.
Se considerarán Palacios y Casonas de Cantabria aquellos establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural que reúnan los siguientes requisitos:
Posadas de Cantabria.
Se considerarán Posadas de Cantabria aquellos establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural que reúnan los siguientes requisitos:
Teléfono Vacaciones: 901 111 112
Dirección General de Turismo: 942 208 265
Cantur: 942 208 280
Departamento de Subvenciones: 942 208 295
Departamento de Inspección: 942 208 291
Departamento de Expedientes Sancionadores: 942 208 299
Departamento de Hostelería: 942 208 595
Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio del Gobierno de Cantabria
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